Respuestas claras a tus dudas sobre la Ley de Segunda Oportunidad

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COMPRENDIENDO LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD 

¿Qué es exactamente la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento legal que permite a personas físicas (particulares y autónomos) eliminar total o parcialmente sus deudas cuando se encuentran en una situación de insolvencia. Desde su reforma en septiembre 2022, el proceso es más ágil y se realiza directamente ante los juzgados mercantiles.

¿Cómo sé si califico para acogerme a esta ley?

Calificas si: 1. Te encuentras en situación de insolvencia (actual o inminente)
2. Actúas de buena fe (no has ocultado bienes ni provocado tu situación deliberadamente)
3. No tienes antecedentes por delitos económicos
4. No te has acogido a esta ley en los últimos 5 años.

¿Cuál es la diferencia entre insolvencia actual e inminente?

• Insolvencia actual: Ya no puedes hacer frente a tus deudas regularmente
• Insolvencia inminente: Prevés que en los próximos 3 meses no podrás pagar tus obligaciones SOBRE EL PROCESO

¿Cómo funciona exactamente el proceso?

El proceso, tras la reforma de 2022, sigue estos pasos:
1. Estudio de viabilidad y recopilación de documentación
2. Presentación de la solicitud ante el juzgado mercantil
3. Nombramiento de administrador concursal (si procede)
4. Fase común del concurso
5. Solicitud de exoneración
6. Resolución judicial
7. Eliminación de ficheros de morosos

¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso?

Desde la reforma de 2022, los tiempos se han reducido considerablemente. Actualmente, un proceso completo puede durar entre 6-12 meses, dependiendo de la complejidad del caso y la carga de trabajo del juzgado correspondiente.

¿Tengo que dejar de pagar mis deudas para acogerme?

No es requisito haber dejado de pagar, puedes acogerte por insolvencia inminente. Sin embargo, una vez iniciado el proceso, generalmente se suspenden los pagos a acreedores, lo que te permite destinar esos recursos a tus necesidades básicas y al procedimiento legal. 

SOBRE LAS DEUDAS

¿Qué deudas puedo cancelar con la Ley de Segunda Oportunidad?

Puedes cancelar la mayoría de las deudas, incluyendo:
• Préstamos personales y microcréditos
• Tarjetas de crédito
• Deudas con Hacienda y Seguridad Social hasta 10.000€
• Préstamos al consumo
• Hipotecas (con consideraciones especiales)
• Deudas con proveedores (para autónomos)

¿Qué deudas NO se pueden eliminar?

No se pueden exonerar:
• Pensiones de alimentos
• Indemnizaciones por delitos
• Créditos públicos más allá de 10.000€ (en algunos casos)
• Honorarios del proceso concursal

¿Existe un mínimo o máximo de deuda para acogerme?

No hay límite legal, pero por rentabilidad del proceso, generalmente recomendamos acogerse con deudas superiores a 15.000€. Excepcionalmente, con deudas menores puede ser recomendable si estás en ficheros de morosos y esto te impide avanzar.

SOBRE BIENES Y PATRIMONIO
¿Puedo conservar mi vivienda habitual?

Sí, la reforma de 2022 mejoró significativamente las posibilidades de conservar la vivienda habitual.
Se establece un plan de pagos razonable que te permite 

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